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Foto del escritorLic. Araceli Borrayo Aguirre

¿Alguna vez te has preguntado cuales son los requisitos para registrar una patente de invención?

Requisitos de Patentabilidad “La novedad”

Por la Lic. Araceli Borrayo Aguirre 03 de diciembre de 2021


Introducción

La Patente es el privilegio que concede al Estado a una persona física o moral para utilizar en forma exclusiva y durante 20 años una invención (producto o proceso) que haya sido desarrollada por dicha persona (en recompensar por la descripción de la invención). Después de vencido este plazo, pasa al dominio público.

En términos generales, una patente faculta a su titular a decidir si la invención puede ser utilizada por terceros y, en ese caso, de qué forma. Uno de los requisitos fundamentales, por no decir que el principal, para que este registro sea viable es “la novedad”, pues sin él ya no tendríamos la opción de realizar el mismo.


Desarrollo


Para comprender mejor esto iniciaremos preguntándonos, ¿Qué es la novedad?, o ¿qué se debe considerar al momento de la evaluación de la novedad? Podemos decir que, un invento se considera nuevo, todo aquello que no se encuentre en el estado de la técnica. Lo anterior no se excluirá de la patentabilidad a cualquier sustancia, compuesto o composición comprendida en el estado de la técnica, siempre y cuando su utilización sea nueva


El estado de la técnica abarca todo lo que haya sido divulgado o hecho accesible al público, en cualquier lugar del mundo, a través de una publicación en forma tangible, materializada, la comercialización, el uso o cualquier otro medio, antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente en nuestro país o de la prioridad reclamada.


Para evaluar la novedad, se compara cada característica técnica de las reivindicaciones independientes de la solicitud con el contenido completo de cada publicación relevante, tomada aisladamente. Ni siquiera está permitido combinar los distintos ejemplos incluidos en la descripción de un documento de patente perteneciente al estado de la técnica.


Conclusión


Como conclusión podemos comprender lo fundamental que es, que, desde el primer momento de la asesoría para patentar, se haga una revisión de qué tan novedoso es el invento, y lograr diferenciar la actividad inventiva del mismo. Es por ello que no debemos olvidar que, si alguna de las divulgaciones del estado de la técnica contiene el conjunto de las características de la reivindicación de la misma forma, no habrá novedad.


 

(Este fragmento explicativo fue extraído del Curso de Impuestos Inmobiliarios impartido por Lawgic ©)


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