Régimen de arrendamiento
Por Nicole Larios Sánchez
02 de Diciembre de 2021
Para poder ser parte de un régimen de arrendamiento es necesario que seas dueño de un bien inmueble como lo vendría siendo, una casa, un departamento, un local, y al que le permitirás a personas ajenas a utilizarlo por un tiempo determinado que vendría establecido en un contrato y este sería a cambio de una contraprestación.
Al momento de que este acto cree una contraprestación, estás creando una modalidad fiscal al igual que estás creando obligaciones de ambas partes.
Es necesario recalcar que en el arrendamiento se necesitan dos sujetos, el arrendador que es el que “renta” su bien inmueble y el arrendatario que es la persona física o moral que lo rentaría.
Reiterando, al momento de estar creando obligaciones en este acto, es necesario que comiences a inscribirte directamente al Sistema de Administración Tributaria, todos lo conocemos como el SAT, y a analizar cuales vendrían siendo tus obligaciones como arrendador y cuáles serían las del arrendatario.
El principal impuesto que se conoce en el régimen de arrendamiento es el ISR, Impuesto Sobre la Renta, que es fácil de identificar simplemente por su nombre.
Ya que te inscribiste y te encargaste de investigar y estar al corriente de tus obligaciones fiscales, puedes gozar del beneficio de deducir gastos e inversiones que vengan siendo “estrictamente indispensables” para llevar a cabo el acto.
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